
Declaran la emergencia agropecuaria en Córdoba por la sequía

Ese decreto provincial, sancionado el 9 de febrero pasado, identifica siete polígonos en distintas zonas de la provincia mediterránea.
Los productores afectados deberán presentar el certificado extendido por la autoridad provincial competente, en el que conste que sus predios o explotaciones están comprendidos en los casos previstos en la ley 26.509 de Emergencia Agropecuaria.
El Gobierno de Córdoba deberá remitir a la Secretaría Técnica Ejecutiva de la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios el listado de productores afectados, acompañando copia del certificado emitido.
La declaración del estado de emergencia corresponde cuando al menos el 50% de la producción o capacidad productiva de la explotación se encuentre afectada y en ese caso el titular se beneficiará con la postergación del pago de impuestos nacionales.
Si ese perjuicio supera el 80% de la producción o capacidad productiva, se declara desastre agropecuario y el productor quedará eximido del pago de los tributos correspondientes.
Para ello, tanto los bancos oficiales como la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) arbitrarán los medios necesarios para que los productores gocen de los beneficios previstos.
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